Esto va a depender de la póliza contratada, debido a que hay pólizas que indican que la compañía reembolsará al cliente el impuesto verde con un tope definido. De no estar incluido en la póliza, es el asegurado el que debe pagarlo.
En el artículo 3 de la ley 20.780 se define lo que se considera como impuesto verde, el cual grava la proyección de contaminación, por lo que, termina gravando el uso del vehículo de acuerdo con los contaminantes de este. Aplicando esta ley al contrato de seguros, en la reposición nosotros estamos obligados a la compra del vehículo, que solo incluye el pago del IVA en la factura.